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Ecuador. Protección para los manifestantes

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OctubreRebelde3Como Alianza de Organizaciones de Derechos Humanos, afirmamos la importancia de que los pueblos ejerzan su legítimo derecho a disentir, a través de manifestaciones y protestas.

El jueves 22 de octubre de 2020 se ha convocado a una jornada de movilización contra las medidas económicas tomadas por el gobierno y la administración y gestión de la crisis, en todo el Ecuador. Asimismo, a través de redes sociales, se han difundido mensajes de grupos fascistas que han expresado su intención de impedir el desarrollo natural de la protesta social, mediante agresiones y atentados contra la integridad de las y los manifestantes. Las amenazas a las y los protestantes y al normal desarrollo de las manifestaciones son públicas; por lo tanto, de ellas tiene pleno conocimiento el Gobierno del Ecuador, lo cual hace que sea él responsable de velar porque las jornadas de movilización se desarrollen con todas las garantías para el ejercicio del derecho a la protesta social.

En la misma línea, la ministra de Gobierno, María Paula Romo, ayer sostuvo que: “si en cualquier manifestación, mañana o cualquier otra día, la violencia se toma las manifestaciones (…) efectivamente la Policía responderá”, sin rechazar tajantemente las amenazas de grupos fascistas. El discurso del Ejecutivo, en relación con los hechos sucedidos en octubre del año pasado, se ha mantenido en la línea de que la fuerza pública actuó para defender el “Estado de Derecho”. Recordamos, en ese sentido, las cifras de octubre: 1330 personas detenidas arbitrariamente, al menos 1507 personas heridas y 9 personas fallecidas que dejó octubre de 2019. Esto, en un contexto de uso excesivo y desproporcionado de la fuerza que ha sido reconocido por varias instancias internacionales de derechos humanos y que esperamos que no se repita.

Desde la Alianza de Organizaciones por los Derechos Humanos, le recordamos al Estado, como lo hicimos en el Informe Verdad, Justicia y Reparación: a un año de las protestas sociales de octubre 2019, que está obligado a respetar y garantizar el derecho a la protesta social, aun en tiempos de pandemia. Asimismo, le recordamos que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ya observó al Estado ecuatoriano por uso excesivo de la fuerza, con fecha 14 de abril de 2020, recomendando que debe “[r]espetar y garantizar el goce pleno de los derechos a la protesta, a la libertad de expresión, a la reunión pacífica y a la participación política de la población”, y lo mismo hizo la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

Adicionalmente, le recordamos al Estado y a la Policía Nacional que “(t)oda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional” (Declaración de la ONU sobre Defensores y Defensoras, artículo 1). En este sentido, el Estado es el responsable último de proteger a los defensores y las defensoras de derechos humanos, a las personas manifestantes, de impedir que se produzcan abusos y violaciones de los derechos humanos de estas personas; y, abordar de manera efectiva las denuncias de violaciones y abusos cometidos contra ellas y relacionados con su trabajo de derechos humanos. Asimismo, tiene la obligación de garantizar que los defensores y defensoras pueden llevar a cabo su labor en un entorno favorable y seguro.

En el caso de hechos que puedan interpretarse como “violentos”, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a través de la Relatoría de Libertad de Expresión ha señalado que: “Cuando algunos individuos cometen actos de violencia en el contexto de una protesta estos deben ser individualizados, pero los demás manifestantes conservan su derecho a la reunión pacífica. En consecuencia, ninguna reunión debería considerarse desprotegida”.

También, la CIDH y su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión manifestaron su condena y preocupación respecto a los actos de violencia perpetrados hacia la prensa en el contexto de las protestas sociales, y recordó al Estado ecuatoriano que tiene la obligación de proporcionar la seguridad de los periodistas y comunicadores que se encuentran realizando su labor informativa en el marco de una manifestación pública, así como de garantizar que estos no sean detenidos, amenazados, agredidos o limitados en cualquier forma en sus derechos por estar ejerciendo su profesión. Los ataques contra periodistas y la destrucción o incautación de equipos de quienes cubren estas situaciones violan la libertad de expresión, tanto en su dimensión individual como colectiva.

Cabe agregar que la misma relatoría ha expresado preocupación a propósito de la presencia de personal de espionaje dentro de las manifestaciones, con el fin de registrar a través de fotografías y demás. La Comisión considera que “el monitoreo de las actividades regulares de organizaciones políticas y sociales y el registro y almacenamiento de información obtenida por medio de su infiltración son acciones ilegítimas y contrarias a los estándares interamericanos y viola los derechos de libertad de reunión y asociación y de participación política”.

Asimismo, dicha Relatoría también ha señalado que “(l)as personas deben poder llevar su manifestación a cabo sin temor a ser sometidas a la violencia por sus oponentes, dado que este temor podría disuadir la expresión de determinadas opiniones o perspectivas sobre temas que afectan a una comunidad. (…) los Estados deben tener en cuenta la protección específica que debe otorgarse a los sectores socialmente excluidos o grupos en situación de vulnerabilidad. Manifestantes pertenecientes a minorías, grupos discriminados o en situación de vulnerabilidad deben ser particularmente protegidos de grupos que busquen amenazarlos o amedrentarlos por ejercer sus derechos”.

Recordamos al Estado que, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos también recomendó al Ecuador: “(a)doptar todas las medidas a fin de garantizar el derecho de los niños, niñas, adolescentes, mujeres y adultos mayores a participar en manifestaciones sociales con la debida protección de su derecho a la libertad de expresión y de reunión.” Por lo que, exigimos al Estado ecuatoriano, cumpla esta recomendación expresa de la CIDH.” Por todo lo anterior, exigimos al Estado que se abstenga de emitir criterios adelantados sobre las manifestaciones ya que generan conmoción social; y que, por el contrario, se faciliten todos los medios para garantizar la seguridad y el pleno desenvolvimiento de dichas jornadas. Además, exigimos no intimidar ni hostigar a las y los defensores y defensoras de Derechos Humanos y de la Naturaleza, a través de la verbalización, fotografías o grabaciones, o peor aun haciendo uso excesivo y desproporcionado de la fuerza.

Como Alianza de Organizaciones de Derechos Humanos, afirmamos la importancia de que los pueblos ejerzan su legítimo derecho a disentir, a través de manifestaciones y protestas.

Esto resulta fundamental en el marco de una sociedad democrática, frente a la situación de vulneración de derechos económicos, sociales y culturales, que ocurre en la actualidad.

Recordamos que la CIDH y la REDESCA, observaron al Estado ecuatoriano la vulneración de los derechos económicos, sociales y culturales cuando se toman decisiones económicas sin un proceso de consulta ciudadana ni evaluación de sus impactos, en concordancia con los compromisos y estándares internacionales vigentes, tal como sucedió hace un año y durante la pandemia.

Más información: https://www.cdh.org.ec/ultimos-pronunciamientos/479-proteccion-a-manifestantes.html

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