Congreso de Chile moderniza protocolos de acoso sexual
Mujeres NoticiasFue en mayo -cuando el movimiento feminista se tomaba las universidades de prácticamente todo el país- que los presidentes de las cámaras del Congreso, al igual que otras instituciones, se vieron en la obligación de revisar sus protocolos internos en materia de acoso sexual.
Es que más allá de la contingencia, tanto el Senado como la Cámara de Diputados reconocían públicamente que sus procedimientos no cumplían con los estándares para prevenir conductas de acoso al interior de esas corporaciones y encargaron -por distintas vías- la redacción de nuevos protocolos para enfrentar un tema que se ha vuelto ineludible a propósito de la campaña de alcance mundial #MeToo y las últimas denuncias de acoso y abuso sexual que se han conocido tanto en el mundo académico como en el mundo del espectáculo y el cine.
Medida inédita
Por esos mismos días la presidenta de la Cámara de Diputados, Maya Fernández, adelantó en La Tercera que impulsaría una nueva normativa que incluyera a los diputados y diputadas, quienes hoy no están contemplados bajo el reglamento de Orden, Higiene y Seguridad que rige a los funcionarios de esa corporación en materia de acoso. Actualmente, de existir una denuncia en contra de algún parlamentario, esta debe ser canalizada mediante la Comisión de Ética, cuyo código no establece dentro de sus prohibiciones -explícitamente- esa conducta.
Es así que la comisión especial designada por Régimen Interior y liderada por Fernández, ha venido trabajando el último mes en el nuevo “Protocolo de prevención y sanción del acoso sexual”, el que busca que la Cámara Baja se convierta en un espacio “libre” de estas prácticas.
De esta forma, el borrador del protocolo, que aún está en su etapa de redacción, establece -según conocedores del texto- que la nueva normativa recaerá sobre cualquier persona que cumpla funciones dentro o fuera del edificio de la Cámara de Diputados, incluyendo explícitamente “a diputados y diputadas”.
De igual forma, el protocolo podría hacerse extensivo a personas ajenas a la corporación (por ejemplo, periodistas, expositores, visitas) en caso de que se interponga una denuncia en contra de funcionarios o parlamentarios, lo que sigue en debate al interior de la comisión redactora.
Asimismo, en el documento se crea la figura del coordinador o coordinadora de Políticas de Género, quien recibirá y canalizará las denuncias para luego derivarlas a quien le corresponda llevar adelante la investigación.
En caso de que la denuncia se dirija en contra de algún parlamentario, será otro diputado -elegido al azar por la Comisión de Régimen Interno y que debe pertenecer a un partido distinto al del acusado o acusada- el que lidere la indagatoria, el que luego actuará como relator ante la misma instancia, la que finalmente resolverá.
El plazo de la indagatoria, según fuentes de la comisión redactora, podría ser de hasta máximo 20 días hábiles.
Respecto de las sanciones, en caso de comprobarse un caso de acoso sexual, el parlamentario o parlamentaria arriesgará las mismas sanciones contenidas en el Reglamento de la Cámara para sancionar las faltas a la ética parlamentaria, las que van desde el llamado al orden hasta la censura. Con todo, de comprobarse delito, los antecedentes tendrán que ser derivados al Ministerio Público.
En el borrador del protocolo, dicen fuentes de la Cámara, se establece además una distinción entre el acoso vertical, es decir el que se da en medio de una relación de subordinación, y el horizontal, es decir, el que se da entre pares.
La comisión ad hoc además plantea una serie de medidas para evitar la revictimización de las denunciantes, entre ellas asesoría jurídica y apoyo sicológico. También, el borrador de la normativa define principios y valores que deben fundar las relaciones que se dan bajo el techo de la Cámara Baja, como la igualdad de derechos y oportunidades para hombres y mujeres, la no discriminación, así como la prevención de cualquier forma de violencia de género.
Así, en materia de prevención, se propone realizar campañas de información y capacitación en torno al tema.
Un tema que ha generado debate al interior de la instancia es el de la confidencialidad de los antecedentes, lo que aún no ha sido zanjado.
Los últimos detalles del borrador serán revisados en la próxima sesión de la comisión especial, para luego ser vistos por la Comisión de Régimen. Finalmente, será la sala la que apruebe o rechace la nueva normativa.
Senado amplía aplicación de normativa
En el caso del Senado, el jueves pasado se dictó la resolución que modifica el Reglamento de Orden, Higiene y Seguridad de esa corporación, en materia de acoso sexual, la que contiene un nuevo protocolo que fue trabajado por la Secretaría de la Corporación.
El documento de quince páginas -al que tuvo acceso La Tercera- amplía el alcance de personas que pueden denunciar acoso sexual al interior del Senado. Si hoy la norma rige solo para los funcionarios y funcionarias, el nuevo protocolo se aplica a “todos los funcionarios, trabajadores, y cualquier persona que preste servicios a la Corporación, cualquiera sea su calidad jurídica o forma de contratación de las personas involucradas. El mismo procedimiento se aplicará cuando la persona denunciante sea una visita o usuario de servicios del Senado, o sea prestador de servicios a la corporación de manera directa o a través de empresas contratistas, y el reclamo se dirija contra uno o una de sus integrantes”.
Así, en el nuevo escenario, asesores, periodistas, personal externo o cualquier persona que visite la corporación podrá acogerse a este procedimiento en caso de haber sido víctima de acoso sexual por parte de “funcionarios, trabajadores y cualquier otra persona que preste servicios a la Corporación que se le acusa de manifestar conducta de acoso sexual y que ha sido señalado por quien denuncia como responsable de los hechos ”.
En cuanto al procedimiento, el protocolo establece que la denuncia será canalizada a través de un receptor, que puede ser un asistente social, el que derivará los antecedentes al secretario general del Senado, quien tendrá un plazo de tres días hábiles para acoger o desestimar la acción. En caso de acogerse, los antecedentes serán remitidos a la fiscalía del Senado para que se inicie la investigación correspondiente.
El proceso de investigación -según detalla el documento- tendrá un “plazo máximo de 30 días, el que, excepcionalmente, podrá prorrogarse una sola vez” por el mismo periodo, “previa solicitud fundada de la o el investigador” o el órgano decisor, que en este caso es el prosecretario de la institución. El protocolo establece que todos los antecedentes tendrán que mantenerse en reserva de parte durante el proceso de investigación.
En relación con las sanciones, se advierte una redacción menos específica en este punto en comparación con la normativa actual, la que hoy establece como única sanción posible, en caso de comprobarse el acoso sexual, la destitución del funcionario.
La nueva normativa plantea, en tanto, que “el órgano decisor impondrá la sanción disciplinaria que corresponda de conformidad a las normas pertinentes, teniendo en consideración, entre otros aspectos, la jerarquía de la persona sancionada como agravación de su conducta, el mal causado a la salud de la víctima y la mayor o menor colaboración prestada para el éxito de la investigación”, sin detallar las sanciones. Con todo, en la resolución se establece que las conductas serán sancionadas a través de lo estipulado en el Estatuto Administrativo, las que van desde la censura, pasando por la cesación temporal del cargo y, finalmente, la destitución.
De la misma forma, se sancionará a cualquiera de las partes que incumpla el principio de reserva del proceso y, asimismo, a cualquier persona que incurra en represalias o amenazas en contra de la víctima o testigos con el objetivo de incidir en el resultado de la investigación.
En torno al plazo de prescripción, no se especifica; sin embargo, en la misma normativa administrativa se establece un plazo máximo de cuatro años, la que se aplicaría en el caso de los funcionarios. Asimismo, se plantea que “se podrá incurrir en falta disciplinaria y puede dar mérito para iniciar una investigación, la persona funcionaria que haya denunciado una situación de acoso sexual, cuya falsedad se comprueba en forma evidente y manifiesta”.
La propuesta de la Comisión de Ética innova, además, respecto de la normativa actual, en torno a la protección y resguardo de las víctimas. Por ejemplo, se establecen medidas cautelares como separación de espacios físicos con el victimario e incluso el traslado de la denunciante.
Respecto a los senadores, la Comisión de Ética fue mandatada para redactar un nuevo protocolo que contemple las actuaciones de los parlamentarios en este sentido; sin embargo, la propuesta aún no registra avances.
La Tercera